Cuando yo muera quiero tus manos en mis ojos:quiero la luz y el trigo de tus manos amadas pasar una vez más sobre mí su frescura: sentir la suavidad que cambió mi destino.
Quiero que vivas mientras yo,dormido,te espero,quiero que tus oídos sigan oyendo el viento,que huelas el aroma del mar que amamos juntos y que sigas pisando la arena que pisamos.
Quiero que lo que amo siga vivo y a ti te amé y canté sobre todas las cosas,por eso sigue tú floreciendo, florida, para que alcances todo lo que mi amor te ordena, para que se pasee mi sombra por tu pelo,para que así conozcan la razón de mi canto.
Pablo Neruda.




"Ese fue mi destino y en él viajó mi anhelo,
y en él cayó mi anhelo, todo en ti fue naufragio!"...
Siempre me gustó Neruda.
Muy sentidos los versos de Neruda; pero podrías haberle solicitado autorización a Mercedes Fariña para utilizar la imagen de una de sus obras, ya que las mismas están amparadas por el DPI (derecho de propiedad intelectual). Justamente esa obra fue adquirida por un coleccionista privado y espero, por vos, que no te haga algún reclamo legal.
Saludos cordiales,
Federico Flores Martínez.
Art Dealer.
Estimado Sr. Flores Martínez.
Esa obra la encontré por internet y no estaba "bajo derechos de autor" dicha fotografía. También le digo que al ponerla en mi blog,no me estoy lucrando económicamente,sino que estoy dando a conocer un cuadro bellísimo y dándole publicidad desde mi MODESTO blog. ¿Acaso también los descendientes de Don Pablo Neruda me van a reclamar daños y dinero por escribir sus poemas,versos en mi blog?
Mi intención al poner el cuadro de Mercedes Fariña es para que todo el mundo admire a esta gran artista.
Saludos.
No se puede acusar así e irse de puntillas sin dejar una dirección de contacto Federico.Por cierto,me he metido en la web que has dejado de la artista y te puedes conseguir un cd de su obra....entonces,¿es legal admirar su obra o nos tapamos los ojos?
He optado por retirar la foto del cuadro de la polémica.
Espero que la fotografía guste MÁS que la foto del cuadro anterior.
Saludos.
Bagamontse: Mira lo que dice Viper en su blog:
El Fiscal General del Estado asegura que el P2P no es delito.Considera que el intercambio de obras protegidas por Internet es lícito si no se realiza con ánimo de lucro comercialSon muchos los que han pregonado y pregonan la legalidad del intercambio de archivos a través de Internet. Ahora también lo hace el Fiscal General del Estado en una circular del 5 de mayo sobre los Delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial tras la reforma de la Ley Orgánica 15/2003. Según la Fiscalía, "las conductas relacionadas con la utilización de nuevas tecnologías, para la comunicación u obtención de obras protegidas, tales como las de colocar en la Red o bajar de Internet o las de intercambio de archivos través del sistema P2P, sin perjuicio de poder constituir un ilícito civil, frente al que los titulares podrán ejercitar las correspondientes acciones en dicha vía, no reúnen, en principio, los requisitos para su incriminación penal si no concurre en ellas un ánimo de lucro comercial".A juicio del abogado Javier Prenafeta, este tipo de circulares "son de gran interés porque establecen las directrices que deben seguir los Fiscales de toda España en la persecución de los delitos, en este caso, contra la propiedad intelectual".Lucro estricto:La clave está en lo que se entiende por ánimo de lucro. El Fiscal señala que "el elemento subjetivo del ánimo de lucro exigido por el tipo penal no puede tener una interpretación amplia o extensiva, sino que debe ser interpretado en el sentido estricto de lucro comercial, relegando al ámbito de las infracciones de carácter civil los supuestos de vulneración de derechos, en los que puede estar implícito un propósito de obtención de algún tipo de ventaja o beneficio distinto del comercial".Esto significa, según Prenafeta, que colocar obras en la Red o intercambiar archivos a través de redes P2P no constituye delito si no concurre un ánimo de lucro comercial, sin perjuicio de que estas prácticas pueden constituir ilícito civil.La interpretación de la Fiscalía contrasta con la del Tribunal Supremo, que entiende como lucro "cualquier ventaja, utilidad, beneficio o rendimiento que se proponga obtener el sujeto activo, no importando ni el modo de materialización de su propósito lucrativo ni si llegó o no a obtenerlo efectivamente".
http://www.lacoctelera.com/viper/post/2006/05/16/el-fiscal-genera...
Estimada Montserrat:
Sólo indiqué que deberías haber pedido autorización para disponer de la imagen de la obra de Mercedes Fariña, es lo que corresponde ante una composición ajena.
Luego, una tercera persona podría haberte hecho un reclamo netamente "civil" por sentir vulnerada, en todo o en parte, la imagen de su obra legítimamente adquirida, en un ámbito distinto al de su hogar (ámbito privado).
El hecho de que vos no te percataras de que estas imágenes están amparadas bajo el derecho de autor no implica que, inclusive tácitamente, no gozaran de ellos.
Y otra cosa, en ningún momento te acusé de haber lucrado con la imagen, ello corre por tu cuenta. En otro orden, te comento que la publicidad de las obras e imágenes ilustrativas las administramos nosotros y no necesitamos de la solidaridad de nadie para ello, mucho menos en ámbitos que no autorizamos fehacientemente.
Respecto a tu suspicacia de reclamo por los versos de Neruda, te informo sin ánimo de disordia, que seguramente también tienen propietarios intelectuales, y que sin lugar a dudas deben resguardar las transcripciones literales por cualquier medio (electrónico, mecánico, digital u otro, conocido o por conocerse) y si no sólo te bastará leer el texto de copyright de cualquier novela.
Y para ese tal "observador" que dejó su mensajillo sin pies ni cabeza, le respondo que no es ilegal en absoluto el admirar obras de arte y que puede destaparse los ojos con tranquilidad. El CD que comercializamos es estrictamente para difusión privada, no pública ni masiva, y ello consta en los derechos de copyright asentados en nuestro website, así como en el contenido del CD. Además el CD es un medio propio (no ajeno), cuyo lucro obviamente nos reservamos, lo que no implica sesión de copyright alguno, ya que este derecho de propiedad intelectual es sencillamente irrenunciable, por ser natural y por tanto debe ser respetado.
Saludos y doy por terminado el tema que, por sentido común e "información alusiva", se resuelve per se.
amen...
Pero mira que eres ridículo Sr. Flores.Retorista,empalagoso,"cursibabas" argentino.¿De verdad eres así ó te lo inventas? Hay que ser "desgraciado" para amenazar a la gente de esa forma.
So boludo...
Sr. Observador:
Usted, además de analfabeto, es un maleducado.
No rebuzne, no sea asno, no se escrache gratuitamente. Confunde información con amenazas, pretendiendo transferir actitudes propias a terceros.
Le sugiero revea su lamentable actitud patoteril, digna de una personalidad resentida e inadaptada. Visite a su analista, resuelva sus conflictos y luego intente interactuar socialmente con altura.
No se moleste en continuar con sus agresiones ya que por aquí no va a encontrar respuesta.
Cordiales saludos y espero que se mejore.
Federico.
que te den jodido boludo.Eres un estúpido recatado "CURSILERAS" tonto-labas.Que te ingresen!!!